La Orden de San Juan y los orígenes de Alcázar
Información
La Orden de San Juan de Jerusalén
La Orden de San Juan se fundó en Jerusalén, donde unos comerciantes construyeron un hospital dedicado a San Juan Bautista para atender a los peregrinos que iban a visitar los Santos Lugares. Con las Cruzadas, sus miembros decidieron también empuñar las armas para defenderlos y se convirtieron en la Militar Orden de los Caballeros del Hospital de San Juan de Jerusalén.
La expansión del imperio mahometano los expulsó a Chipre, luego a Rodas y de allí a Malta, isla que les dio en 1530 el rey Carlos I de España y V de Alemania. La dirección de la Orden la ejercía el Gran Maestre, asistido por el Capítulo o Cónclave del Convento principal, compuesto por una representación de cada uno de los territorios, llamados lenguas, en los que tenían fundados algunos conventos y gozaban de cierto renombre. En cada país o lengua había un representante o Lugar Teniente del Gran Maestre que ejercía en el territorio sus funciones.
A España llegarían los sanjuanistas postulando limosnas para llevar a cabo su misión hospitalaria o guerrera. Alfonso I el Batallador, rey de Aragón y de Navarra, dejó al morir, en 1134, su reino a las Órdenes del Hospital, del Temple y del Santo Sepulcro, para que se dedicaran a combatir a los moros hasta expulsarlos de España; así se crearon los prioratos de Cataluña y Navarra.
Según el autor del libro El Gran Priorato de San Juan en La Mancha, aunque el Emperador dio el castillo de Consuegra a su fiel servidor Rodrigo Rodríguez, entregó en 1150 el poblado de Alcázar a un tal Juan Muñoz, caballero del Hospital, sin duda alguna en cuanto miembro de la Orden. La fecha de la confirmación de estos bienes, 1189, se considera la del establecimiento de la Orden de San Juan en La Mancha, formando el Gran Priorato de Castilla y León, cuya casa principal ha existido siempre en la villa de Consuegra.
Tras el desastre de Alarcos (1195) y la paz que Alfonso VIII hubo de firmar en 1197, el Papa concedió perdones a quienes fueran a pelear en España contra los moros; por Europa se predicó una nueva Cruzada y los reyes cristianos, por fin unidos, volvieron a los campos de batalla y recuperaron La Mancha. Santiago, Calatrava y San Juan ocuparon otra vez sus pueblos y, victoriosos, siguieron hasta Sierra Morena.
La repoblación de Alcázar
La gran batalla de Las Navas de Tolosa, el 16 de julio de 1212, hizo que La Mancha dejara de ser campo de batalla. Reyes y Órdenes Militares pusieron todo su empeño en llenar de vida los pueblos medio destruidos y casi deshabitados, concediendo franquicias y privilegios a cuantos quisieran venir de otros reinos a poblarlos.
De Alcázar “apenas habían quedado habitantes entre sus ruinas cuando, habiéndola adquirido los comendadores de la Orden de San Juan que eran dueños del castillo de Consuegra, la repoblaron dándola el sobrenombre de Consuegra”. Perdió esta denominación, tomando la de San Juan, cuando Sancho IV le concedió el título de villazgo en 1292.
Según varios manuscritos que se conservan, existe otra versión sobre su incorporación a la Orden: Alcázar habría sido dada por Alfonso IX a Juan Muñoz e hijos, quien por venta o donación la transfirió a la Orden de Santiago, cuyo comendador y caballeros la cambiaron a los de San Juan por la villa del Campo de Criptana. Desde aquella época perteneció a esta Orden, formando parte de su gran priorato.
La carta puebla
Las fuentes discrepan sobre los detalles de la carta puebla. Según Manuel Rubio Herguido, se concedió a Alcázar en 1231 o 1241 por Frey Ruí Pérez a cerca de 300 pobladores (algunos dicen 263, otros 330 y otros 362). Las Relaciones Topográficas de Carlos III mencionan esa carta puebla y dicen que fueron enviados 330 vecinos por el comendador Rodrigo Pérez para poblar la aldea de Alcázar que, con este motivo, se llamó de Consuegra.
A finales del siglo XIII, Sancho IV autorizó al Comendador de Consuegra para que, de las tierras de la Orden, amojonara las que le pareciera como término de Alcázar.
1226: la parroquia de Santa María
Cuando los cristianos de la Reconquista llegaron a Alcázar, Santa María ya estaba ahí. La Orden de San Juan la convirtió en parroquia, categoría que ya tenía en 1226. Aquel año, el Arzobispo de Toledo, Fray Ximénez de Rada, y el Comendador mayor de Castilla de la Orden de San Juan decretaban que las iglesias de la Orden no bautizaran ni casaren, “exceptuando la iglesia de Alcázar, la que ha de ser desde ahora Parroquia”. Las Concordias que le siguieron en 1228 y 1229 legislarían después sobre las atribuciones que en esta parroquia corresponden a la Orden y al Prelado de Toledo.
Puedes saber más en la ficha de la Iglesia de Santa María la Mayor.
El Fuero de Alcázar (1292)
El 26 de enero de 1292, por real cédula dada en Burgos, el rey Sancho IV el Bravo concedió a Alcázar el título de villazgo, con fueros y privilegios, y le otorgó el escudo de armas que la distingue: un castillo y un caballero armado de casco y coraza que, con estandarte en la mano izquierda y lanza en ristre en la derecha, viene a acometerle por el lado izquierdo.
El fuero de Alcázar ha llegado a nuestros días por el códice romanceado que se conserva en la Biblioteca Nacional, según dice el ilustre investigador alcazareño don Francisco Saludador Merino, quien dedicó muchas horas de trabajo a su estudio. Se utilizó el original latino del Forum Alcazaris para la edición del Forum Conche por Cerdá-Sacha, a finales del siglo XVIII y principios del XIX, y desde entonces se ignora su paradero. El ejemplar de la Biblioteca Nacional es una versión al romance escrita en pergamino, letra gótica, de unos 20 x 25 cm, que consta de 129 folios y a la que le faltan el 130 y el 131; tiene indudables muestras de haber sido utilizado durante muchos años.
Contiene leyes que no existen en los demás fueros, por ser propias de Alcázar: el Título de la caza dice: “Y otro si, los vecinos de Alcázar corran y cacen y corran con galgos por todo tiempo sin calomna” (multa o pena); el del Señor, que no entre en la Cámara mientras se esté juzgando, para que no influya en el ánimo de los jueces; el que trata de los tafures y de las putas que no habiten dentro de los adarves de la ciudad, “porque entre ellos se esconden los que venden cristianos o encubren a los vendedores, que por las ganancias del juego maldicen de Dios y Santa María y escupen en la Cruz, que por la noche despojan a los hijos e hijas de los hombres buenos y cometen toda clase de robos que allí acaecen”; y el de los Caballeros de la Sierra, organización dedicada a la defensa del monte, donde se dice que “todo aquel que destrozase un pino pague diez maravedís de multa y pierda la mano”.
El fuero no se dio a los alcazareños por el Comendador de Consuegra, entre otras razones porque sus competencias no llegaban a conceder privilegios fuera de los términos del Priorato, y el Fuero de Alcázar contiene muchos de estos privilegios; aparte de que en el prólogo se lee, en lengua latina:
“Yo Sancho, Rey por la gracia de Dios, juntamente con mi mujer, la Reina María y el serenísimo Fernando, nuestro hijo, cuyo nacimiento distinguió a la ciudad predicha, con rostro sereno y benignos ojos, concedo este culmen de dignidad y prerrogativa de libertad a los alcazareños y a sus sucesores y para que en el futuro no pueda ser infringido, lo confirmo con la real munificencia de nuestro sello”.
El fuero se sitúa en el año 1292. Sancho IV murió en 1295 y le sucedió su hijo Fernando, bajo la regencia de su madre, María de Molina. El pergamino más antiguo que se conserva en el Archivo Municipal de Alcázar recoge la confirmación del privilegio por Fernando IV, que transcribe la carta de su padre:
“Sepan cuantos esta carta vieren como yo, Don Sancho, por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Toledo, de León, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, del Algarbe, por facer bien y merced a Don Fernando, Gran Comendador de la Orden de San Juan de España, a los freyres que agora son y serán de aquí en adelante, tenemos por bien y mandamos que puedan facer de la su aldea de Alcázar, que es en Monte Aragón, villa sobre sí y que haya seña y sello y mercado un día a la semana y que haya aldeas, las que el Gran Comendador les diere de la su tierra y término, según se lo departiere y amojonare por la su tierra de la Orden y que haya alcaldes y jueces de su lugar y que juzguen todos los pleitos que ahí acaecieren y recabden a los mal hechotes y hagan todas aquellas cosas que alcaldes y jueces deben facer y que no sea sujeta a otra villa, ni a otro castillo, sino a los freyeres de la Orden sobredicha. Y defendemos que ninguno sea osado de les pasar contra esta merced que no les facemos y a cualquier que lo ficiese pechar nos ha en pena, cien maravedís de la moneda nueva y a la Orden sobredicha todo el daño doblado. Y desto les mandamos dar esta carta con nuestro sello colgado, de cera. Dada en Burgos a veinte y seis días de enero, era de mil y trescientos y treinta años.”
El privilegio concedía, en suma, la condición de villa sobre sí, con seña y sello propios, mercado semanal, alcaldes y jueces propios y sujeción únicamente a los freires de la Orden. Estos privilegios, dados por Sancho IV, fueron confirmados por su hijo el rey Fernando y por el rey Juan II.
(Bibliografía: Manuel Rubio Herguido, Alcázar de San Juan. Corazón de la Mancha, Editorial Clunia, 1983; Pascual Madoz, Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España; José de Hosta, Crónica de la provincia de Ciudad Real, 1867; Juan Antonio de Estrada, Población general de España, 1768; referencia de Francisco Saludador Merino al Fuero de Alcázar, conservado en la Biblioteca Nacional.)
